EL INTENDENTE MOLINA EXPRESÓ SU CONFORMIDAD POR LA APROBACIÓN DE LA ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS IMPOSITIVOS A LOS EMPRENDEDORES QUE PAGAN EL MONOTRIBUTO MUNICIPAL


Respaldo al comercio

El intendente Martiniano Molina destacó el paso que se dio en el Concejo Deliberante al convertirse ayer en ordenanza el proyecto que había presentado dos semanas atrás el Ejecutivo, y que dispone la exención del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, durante el segundo semestre de 2018, a los comerciantes que tributen como pequeños contribuyentes dentro del Monotributo Municipal.

“De esta forma, se ratifica el compromiso de esta gestión para acompañar a los emprendedores. Estamos junto a ellos. Es una medida extraordinaria que representa una ayuda para los comerciantes, ya que apuntamos a que no se pierda la generación de nuevos empleos”, sostuvo el jefe comunal. Recordó que es “un esfuerzo que hace el Municipio, que con esta ordenanza tendrá un impacto en su recaudación cercano al 1,4 millón de pesos menos por mes”.

La nueva norma busca alivianar la carga impositiva de los pequeños comerciantes de cara al segundo semestre del año, favoreciendo el fomento del comercio y alcanzará solo a aquellos monotributistas que se encuentren al día con el pago de la tasa al 30 de marzo.

La ordenanza, cuyo proyecto también fue firmado por el secretario de Economía local, Pablo Zawistowski, establece “un régimen de exenciones parciales o totales de tributos municipales” siempre “que no resulten incompatibles con los beneficios otorgados en el orden provincial”. La medida buscará darles un auxilio también a aquellos que se den de alta durante el semestre comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2018.

Para acceder al beneficio los comerciantes deberán presentarse en el Departamento de Tasas Comerciales de ARQUI antes del 31 de diciembre de 2018, acompañando la siguiente documentación: fotocopia de DNI del titular del comercio, constancia de inscripción de Monotributo actualizada, libre deuda de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene al 30/3/18, copia de Certificado de Habilitación Municipal y/o Libro de Actas.

Además, aquellos comerciantes que al momento de iniciar el trámite estuvieran inscriptos en AFIP en una categoría de Montributo diferente a la registrada en el Municipio, deberán recategorizarse para obtener el beneficio.

El beneficio no alcanzará a aquellos monotributistas que pagan la Tasa mediante mínimos especiales.