LA MUNICIPALIDAD ANUNCIÓ EL CRONOGRAMA PARA QUE LOS BENEFICIARIOS PUEDAN REEMPADRONARSE, TAL COMO DISPUSO EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL BONAERENSE. COMIENZA EL LUNES


Trámites del Plan Más Vida

Los lugares y los días donde se puede realizar el reempadronamiento

Los lugares y los días donde se puede realizar el reempadronamiento

El Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto el reempadronamiento de los titulares de tarjetas del Plan Más Vida.

El trámite se iniciará el  lunes 15 de febrero y se llevará adelante hasta el jueves 3 de marzo, en horario de 9 a 13.  La gestión es organizada por la Secretaría de Desarrollo Social de Quilmes, a través de la subsecretaría de Inclusión  y Emergencia Social.

En la localidad de Quilmes, el Plan Más Vida cuenta con 17.000 titulares, alcanzando un total de aproximadamente 27.000 destinatarios totales.

La tarjeta alimentaria Más Vida permite a las familias adquirir sus alimentos, mejorando las condiciones de nutrición de niños y niñas hasta 5 años y de mujeres embarazadas.  Para la realización del trámite, los  titulares deberán acercarse, de acuerdo a su lugar de residencia, a las sedes que se han dispuesto por zonas y en las fechas estipuladas en el cronograma, con la siguiente documentación (sin excepción):

Embarazadas

Se debe presentar fotocopia de DNI, certificado médico que indique embarazo en curso con semanas respectivas y controles requeridos.

Niños

Por su parte, los  menores deben llevar fotocopia del DNI de la madre, padre, tutor o encargado (en estos dos últimos casos, con documentación legar respaldatoria). Fotocopia de certificado de nacimiento del/la niño/a o partida de nacimiento, donde figuren los nombres de ambos padres, si los tuviere. Libreta sanitaria – Fotocopia de las vacunas según edad.

Trabajadoras

Para completar el trámite las mujeres deben presentar fotocopia del acta acuerdo, fotocopia del DNI de la trabajadora vecinal con domicilio actualizado, listado de titulares de derecho a su cargo.  En el caso que la trabajadora vecinal presente sea el reemplazo de una trabajadora vecinal anterior, se corroborará con la baja o renuncia de esta última.