LA AFIP EXTENDIÓ EL LÍMITE DE TIEMPO PARA INFORMARLAS; LA RESOLUCIÓN FUE PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL
Prorrogan hasta el 31 de marzo el plazo para informar deducciones de Ganancias
La AFIP prorrogó hasta el 31 de marzo de 2017 el plazo para informar deducciones y pagos a cuenta del impuesto a las ganancias correspondiente a este año a través del formulario que se encuentra en la página web. La decisión es parte de la resolución 3966, publicada en el Boletín Oficial, y se tomó porque, si bien el vencimiento de esa presentación es el 31 de enero de cada año, esta vez esa fecha entraba en conflicto con otra: la del plazo establecido para poder pedir la devolución del impuesto cobrado por el medio aguinaldo cobrado en junio.
Como es un beneficio no automático, se estableció un mecanismo para hacer la solicitud en la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar). Concretamente, se debe ingresar con clave fiscal y luego elegir, entre los servicios interactivos que se muestran en pantalla, el denominado «Sistema Registral» y allí buscar el título que hace referencia a los beneficios derivados de la ley 27.260.
El formulario del Siradig también permite informar deducciones por diferentes gastos. Para los que se hayan hecho durante 2016, habrá tiempo entonces hasta el 31 de marzo. Y las empresas cerrarán la liquidación anual el impuesto el 30 de abril, todo ello según lo dispuesto en la resolución 3966.