EL SENADO DE LA NACIÓN APROBÓ LA NUEVA LEY DE VACUNAS. CONOCÉ LOS PUNTOS MÁS IMPORTANTES


El Senado aprobó la nueva Ley de Vacunas

La nueva Ley Nacional de Vacunas fue aprobada este miércoles en el Senado. La norma regula diferentes aspectos de la vacunación tales como su obligatoriedad, promoción en todas las etapas de la vida y exención impositiva.

El proyecto consiguió 59 votos a favor. Solamente Pino Solana emitió voto en contra de la reglamentación. En el texto se declara a la vacunación “de interés nacional. Entendiéndose por tal a la investigación, vigilancia epidemiológica, toma de decisiones basadas en la evidencia, adquisición, almacenamiento, distribución y provisión de vacunas, asegurando la cadena de frío, como así también su producción”.

Así, se establece la gratuidad en el acceso a los servicios de vacunación “con equidad social para todas las etapas de la vida”. Al mismo tiempo se establece también la obligatoriedad de aplicarse las vacunas para todos los habitantes. Lo mismo ocurre con la prevalencia de la salud pública por sobre el interés particular, entre otros.

“Todas las personas que desarrollen actividades en el campo de la salud que tengan contacto con pacientes” y quienes trabajen en laboratorios tendrán la obligación de tener actualizadas sus vacunas. Asimismo, se establece que “la constancia de la aplicación de la vacuna, previa autorización del empleador, justifica la inasistencia laboral de la jornada del día de la aplicación. En ninguna circunstancia se producirá pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto”, agrega.

Calendario Nacional y Registro

El Calendario Nacional de Vacunación será requerido para trámites tales como el ingreso y egreso del ciclo lectivo. Lo mismo para la realización de los exámenes médicos por trabajo y la tramitación o renovación del DNI, pasaporte, residencia, certificado prenupcial y licencia de conducir. También será requerido para tramitar asignaciones familiares.

A su vez, se establece la creación de un Registro Nacional de la Población Vacunada Digital, que tendrá los datos del estado de vacunación de todos los habitantes del país; y también un Registro Nacional de Vacunadores Eventuales. Cabe destacar que, las vacunas sólo podrán ser aplicadas en establecimientos habilitados por la Secretaría de Salud.

En tanto, se multará a los vacunadores que cometan infracciones, como negarse a aplicar una vacuna, falsificación del CUV, intención de cobrar por la aplicación de una vacuna o aplicar una vacuna en un lugar no habilitado. Las sanciones irán desde 10 y 100 salarios mínimo, vital y móvil; y la suspensión de hasta un año.