LA SALA II DE APELACIONES HIZO LUGAR A LOS RECURSOS DE LAS DEFENSAS DEL EXCOMISARIO SORIA Y DE LOS UNIFORMADOS PEDREIRA, D'ELÍA Y GUZMÁN. ESPERARÁN QUE LAS SENTENCIAS QUEDEN FIRMES


Dictaron prisión domiciliaria para los expolicías condenados

 

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Los policías condenados por la Masacre de la Comisaría Primera de Quilmes, en la que murieron cuatro menores tras un incendio en las seccionales hace once años, esperarán que las sentencias en su contra queden firmes en sus casas, tras haber dado lugar una de las salas de apelaciones del Departamento Judicial local a los recursos presentados por los abogados defensores de los condenados.

De esta manera la Sala II resolvió hacer lugar a los habeas corpus presentados el lunes por los letrados patrocinantes de Fernando Pedreira, Hugo D’Elía, Juan Pedro Soria (era el comisario) y Juan Carlos Guzmán.

Los magistrados Jorge Falcón, Carlos Rousseau y Patricia Patanella dieron lugar a los recursos presentados por los defensores particulares, doctores Alejandra Rojo y Daniel Cevallos y de los letrados oficiales, doctoras Soledad López y Lorena Iacono; representantes legales de los exuniformados mencionados recientemente condenados por apremios, torturas y omisión de evitar torturas.

«En virtud de la restricción de la libertad dispuesta por el Tribunal 3 en el pronunciamiento condenatorio, el que no se encuentra firme, viola lo normado en el artículo 8.2 de la CADDHH. En consecuencia, es admisible la presentación efectuada por los letrados», indica el voto del doctor Jorge Falcón al que adhirió su par Carlos Armando Rousseau.

Resolución

En consecuencia se resolvió «declarar formalmente admisible la acción de habeas corpus deducida por la defensa oficial representada por las doctoras Lorena Iacono y Soledad López y por la defensa particular representada por las doctoras Alejandra Rojo y Daniel Cevallos. Hacer lugar parcialmente a la acción de habeas corpus interpuesta a favor de Soria, Pedreira, D’Elía y Guzmán, revocando lo decidido en cuanto a la forma de ejecución de la detención dispuesta equiparando a los encartados mencionados en la misma situación de detención domiciliaria bajo el sistema de monitoreo electrónico».

El hecho ventilado en el debate ocurrió la noche del 20 de octubre de 2004, cerca de las 23.30, cuando Elías Giménez, Diego Maldonado, Miguel Aranda y Manuel Figueroa iniciaron una quema de colchones en sus celdas de la comisaría situada en la esquina de Alem y Sarmiento. Según la investigación, al momento de iniciarse el conflicto había 17 adolescentes detenidos en la dependencia, siete de ellos en un calabozo y los restantes en otro.

Tal consta en el pronunciamiento de la Justicia durante la tarde, los policías ingresaron a las celdas, los hicieron desnudarse y los golpearon, lo cual era una «práctica sistemática en la dependencia», según declararon varios testigos, quienes añadieron que los detenidos eran obligados a pelearse entre sí. Por esto, los jueces del Tribunal Oral 3 Alicia Anache, Armando Topalian y Alejandro Portunato condenaron al inspector Fernando Pedreira a 19 años de prisión por «apremios ilegales reiterados en concurso real con tormentos»; al entonces titular de la comisaría, Juan Pedro Soria, a 10 años por «estrago culposo seguido de muerte y omisión de evitar tormentos»; al cabo Hugo D’Elía, a 10 años y al agente Juan Carlos Guzmán, a 9 años, por los «apremios ilegales».

Tanto por Juan Pedro Soria, como por Fernando Pedreira, Hugo D’Elía y Juan Carlos Guzmán, los jueces pidieron la inhabilitación especial perpetua para ocupar cargos públicos y ordenaron la inmediata detención de los cuatro, medida que ahora fue revocada por la Sala II. En tanto, el subcomisario Basilio Vujovich fue condenado a 4 años de prisión; los inspectores Jorge Gómez y Humberto Ávila, a 3 años; los agentes Gustavo Altamirano y Franco Góngora, a 3 años y cuatro meses y la agente Elizabeth Grosso, a 3 años y medio; todos ellos por el delito de apremios ilegales y sujetos a cumplir las penas bajo sistema de monitoreo electrónico.